Keiko Fujimori designa a Jaime Yoshiyama, José Chlimper y otros cuatro integrantes de su Comisión Consultiva

La presidenta oficializó a cinco integrantes del nuevo órgano asesor del Despacho Presidencial, entre ellos Jaime Yoshiyama, José Chlimper y el abogado Arsenio Oré Guardia. El cargo es ad honórem y de confianza, y no genera vínculo laboral.

por Kate Juarez
Keiko Fujimori designa a Yoshiyama Tanaka dentro de la Comisión Consultiva del Despacho presidencial a ex secretario general fujimorista.

La presidenta Keiko Fujimori oficializó la designación de los cinco integrantes de la Comisión Consultiva del Despacho Presidencial, órgano creado a fines de agosto para brindar asesoría a la Presidencia de la República.

La medida fue establecida mediante la Resolución Suprema N.º 271-2026-PCM, publicada este miércoles 16 de setiembre en el diario oficial El Peruano. La norma lleva las firmas de Fujimori y del presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta.

Los designados son Jaime Yoshiyama Tanaka, Arsenio Oré Guardia, José Chlimper Ackerman, Josefina Takahashi Sato y Milagros Álvarez Calderón Larco.

¿Qué función tendrá la Comisión Consultiva de Keiko Fujimori?

La comisión fue creada mediante el Decreto Supremo N.º 122-2026-PCM, publicado el 28 de agosto. Según la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, este órgano estará a disposición de la Presidencia para emitir opiniones consultivas sobre los asuntos que le sean planteados.

Sus integrantes no tendrán atribuciones políticas, normativas, administrativas ni ejecutivas. Tampoco podrán administrar recursos presupuestales.

La norma establece además que los miembros deberán mantener reserva sobre la información privilegiada a la que tengan acceso, revelar eventuales conflictos de interés y presentar su declaración de intereses conforme a los plazos establecidos por ley.

Jaime Yoshiyama y José Chlimper, entre los nuevos asesores

Entre los cinco integrantes figuran Jaime Yoshiyama Tanaka y José Chlimper Ackerman, ambos con una trayectoria vinculada al fujimorismo.

Yoshiyama, ingeniero industrial, ocupó los ministerios de Transportes y Comunicaciones, Energía y Minas y Presidencia durante el gobierno de Alberto Fujimori. También presidió el Congreso Constituyente Democrático entre 1992 y 1995 y fue secretario general de Fuerza Popular.

Chlimper, por su parte, fue ministro de Agricultura durante el gobierno de Alberto Fujimori y director del Banco Central de Reserva del Perú en dos periodos. También fue secretario general de Fuerza Popular y candidato a la primera vicepresidencia en la fórmula presidencial de Keiko Fujimori en 2016.

Arsenio Oré Guardia también integra la comisión

El abogado Arsenio Oré Guardia es otro de los integrantes designados. Ha participado en comisiones encargadas de elaborar el Código Procesal Penal y el Código Procesal Constitucional.

Yoshiyama, Chlimper y Oré fueron coprocesados junto con Keiko Fujimori en el denominado caso Cócteles, proceso relacionado con los aportes de las campañas electorales de 2011 y 2016.

En el caso de Fujimori, el proceso penal fue archivado luego de que el Tribunal Constitucional emitiera decisiones que incidieron en su continuidad. Los antecedentes judiciales de los nuevos integrantes corresponden a ese proceso y no modifican, por sí mismos, la naturaleza consultiva de la comisión.

Josefina Takahashi y Milagros Álvarez completan la lista

La comisión también estará integrada por Josefina Takahashi Sato, bióloga con maestría por la Universidad Nacional Agraria La Molina y doctorado por la Universidad de Birmingham. Fue rectora emérita de la Universidad Científica del Sur y presidió el comité científico de Pronaturaleza.

La quinta integrante es Milagros Álvarez Calderón Larco, quien es esposa de Fernando de Trazegnies, excanciller durante el gobierno de Alberto Fujimori.

La Comisión de Keiko Fujimori: los cargos serán ad honórem y de confianza

La Resolución Suprema N.º 271-2026-PCM precisa que el cargo de miembro de la Comisión Consultiva es ad honórem y de confianza y no genera vínculo laboral.

La norma también establece que esta función no inhabilita a sus integrantes para desempeñar otras funciones públicas o actividades privadas.

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