El procedimiento de vacancia contra Jessica Vargas vuelve a quedar bajo cuestionamiento. Un documento sobre el caso advierte que el Concejo Municipal de Barranco no habría cumplido con los plazos establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para continuar con el proceso contra la alcaldesa.
La controversia se remonta a la resolución N.° 1018-2026-JNE, emitida el 5 de mayo. En ella, el máximo órgano electoral declaró fundado en parte el recurso presentado contra el acuerdo del Concejo de Barranco que había declarado improcedente la solicitud de vacancia de Vargas y dispuso que los actuados regresaran al municipio para que se convoque una nueva sesión y se emita un pronunciamiento sobre la causal invocada.
De acuerdo con el material presentado, la notificación de la resolución fue recibida por la Municipalidad de Barranco el 22 de junio de 2026. Desde entonces, empezaron a correr los plazos señalados para continuar con el procedimiento.
El documento sostiene que venció el plazo de cinco días hábiles para convocar a sesión y posteriormente el de 15 días hábiles para resolver, sin que el Concejo hubiera emitido un pronunciamiento sobre el fondo del caso.
¿Qué ordenó el JNE?
La resolución del JNE fue clara al disponer que el Concejo Distrital de Barranco debía convocar nuevamente a una sesión extraordinaria y emitir un nuevo pronunciamiento sobre la solicitud de vacancia. Además, el organismo electoral estableció que, ante un eventual incumplimiento, correspondía remitir copias de los actuados a la Contraloría y al Ministerio Público para que evalúen la conducta de los integrantes del concejo dentro de sus competencias.
Posteriormente, mediante la Resolución N.° 1675-2026-JNE, publicada en agosto, el JNE precisó un extremo de su resolución anterior. Aclaró que el nuevo pronunciamiento debía referirse a la causal de vacancia invocada y no al “cese del gerente municipal y la exigencia de un plan de acción”, como había consignado originalmente.
El caso que enfrenta Jessica Vargas
La solicitud de vacancia está relacionada con el cuestionamiento a la cesión de uso de un espacio del estadio de atletismo Luis Gálvez Chipoco a la escuela de vóley LaLey Club Deportivo, representada por Leyla Chihuán.
Según los antecedentes recogidos por el JNE, el pedido fue presentado en noviembre de 2025 y sostiene que la cesión de aproximadamente 220 metros cuadrados de un área deportiva se habría realizado sin la aprobación del concejo municipal.
El JNE no declaró la vacancia de Vargas. Lo que hizo fue anular el acuerdo municipal que había declarado improcedente la solicitud y devolver el expediente al Concejo de Barranco para que vuelva a pronunciarse sobre el fondo del pedido.
Ahora, el punto de controversia es otro: si el Concejo de Barranco cumplió dentro de los plazos ordenados por el organismo electoral o si el procedimiento volvió a quedar paralizado.