A solo semanas de la segunda vuelta presidencial del próximo 7 de junio, una de las consultas más frecuentes entre los ciudadanos gira en torno a las multas electorales y las consecuencias de no acudir a votar.
La duda tomó fuerza luego de que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) culminara el conteo oficial al 100% de la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026. En medio de un proceso marcado por tensiones políticas y denuncias posteriores a los resultados, miles de peruanos buscan saber qué ocurrirá si deciden no asistir a sufragar.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que el voto en Perú continúa siendo obligatorio para todos los ciudadanos entre los 18 y 69 años. Por ello, quienes no acudan a las urnas y no presenten una justificación válida recibirán una sanción económica.
El monto no es igual para todos los ciudadanos. La cifra depende del distrito que figura en el Documento Nacional de Identidad (DNI) y del nivel de pobreza asignado a esa jurisdicción.
La escala vigente establece:
- S/110 para ciudadanos que viven en distritos considerados no pobres.
- S/55 para quienes residen en distritos clasificados como pobres.
- S/27.50 para personas domiciliadas en zonas de pobreza extrema.
Esta clasificación toma como referencia el mapa de pobreza elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
La multa se aplica automáticamente a quienes no voten y posteriormente no tramiten una dispensa electoral aprobada por las autoridades.
¿Qué pasa si no pagas las multas electorales?
Las autoridades electorales advirtieron que mantener una deuda por multas electorales puede generar diversas complicaciones en trámites y procedimientos oficiales.
Entre las principales consecuencias figuran:
- Impedimentos para algunos procedimientos administrativos.
- Dificultades para trámites notariales.
- Restricciones en determinadas operaciones bancarias y comerciales.
- Problemas para realizar gestiones en entidades públicas.
- Limitaciones en procesos administrativos o judiciales.
La deuda permanece activa hasta que el ciudadano regularice la situación mediante el pago o una dispensa aprobada.
Sin embargo, el JNE aclaró un punto importante: tener una multa pendiente por no haber votado anteriormente no impide participar en la segunda vuelta.
Esto significa que quienes faltaron a votar en abril todavía podrán acudir normalmente a sufragar el próximo 7 de junio.
¿Qué pasa con los miembros de mesa que no cumplen?
Las sanciones son mayores para quienes fueron seleccionados como miembros de mesa y no asistieron. La multa por incumplir esta obligación asciende a S/275.
Si además la persona tampoco acudió a votar, las sanciones se acumulan:
- Multa por omisión al sufragio.
- Multa por no ejercer como miembro de mesa.
Las autoridades recordaron además que los miembros elegidos durante la primera vuelta seguirán cumpliendo esa función en el balotaje, ya que no se realiza un nuevo sorteo.
¿Quiénes pueden solicitar una dispensa electoral?
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) permite solicitar una dispensa para evitar las multas electorales cuando existan causas justificadas.
Entre las razones aceptadas se encuentran:
- Enfermedad o emergencia médica.
- Viajes al extranjero.
- Robo o pérdida del DNI.
- Desastres naturales.
- Discapacidad o impedimentos físicos.
- Fallecimiento de familiares directos.
- Situaciones de fuerza mayor debidamente sustentadas.
Cada caso deberá acreditarse con documentación oficial.
¿Cómo consultar si tienes multas electorales pendientes?
Los ciudadanos pueden revisar si registran deudas ingresando a la plataforma oficial del JNE y colocando su número de DNI.
En el sistema podrán verificar:
- Si tienen multas pendientes.
- El motivo de la sanción.
- El monto adeudado.
- El estado actualizado del pago.
Posteriormente, el pago puede realizarse de forma digital a través de Págalo.pe seleccionando la opción correspondiente a multas electorales.
¿Y si vivo en el extranjero?
Otro aspecto que suele generar dudas es el caso de los peruanos que viven fuera del país. La obligación de votar no depende del lugar donde se encuentre físicamente la persona, sino del domicilio registrado en el DNI.
Si el documento mantiene una dirección peruana, el ciudadano seguirá siendo considerado residente nacional y podría recibir una multa si no vota.
En cambio, quienes tienen registrado un domicilio en el extranjero no reciben sanciones por omisión al sufragio.
Por ello, las autoridades recomiendan revisar y actualizar los datos ante Reniec antes de la jornada electoral si corresponde.