JNE confirma multa de más de S/170,000 al Partido Morado por gastos realizados por terceros no autorizados

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación presentado por la tesorera nacional del Partido Morado y confirmó la sanción impuesta por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), consistente en una multa de 31 unidades impositivas tributarias (UIT) y la reducción del 20% de su financiamiento público directo.

por editorweb@caretas.com.pe

La decisión, contenida en la Resolución N.° 0842-2025-JNE, ratifica que el Partido Morado habría incurrió en una infracción al realizar gastos a través de una persona distinta a los responsables autorizados. Los cuales son: el tesorero titular, suplente o descentralizado, tal como establece la Ley de Organizaciones Políticas.

¿Cuál fue la falta que cometió el Partido Morado?

El caso se originó tras un procedimiento administrativo sancionador iniciado por la ONPE en febrero de 2025. La entidad detectó que el partido efectuó operaciones económicas fuera del marco legal establecido para la administración de fondos partidarios.

Según la normativa vigente, la gestión de ingresos y gastos de las organizaciones políticas es competencia exclusiva de la tesorería,. Por lo tanto, cualquier operación realizada por terceros constituye una falta grave.

Apelación fue rechazada

En su recurso, la tesorera del partido argumentó que el procedimiento sancionador había prescrito, al haber sido iniciado fuera del plazo de seis meses establecido para este tipo de infracciones vinculadas a informes financieros.

No obstante, el JNE concluyó que dicho plazo no era aplicable al caso. Debido a que la infracción no estaba directamente relacionada con el informe financiero anual, sino con la rendición de cuentas del financiamiento público directo.
En ese sentido, el tribunal electoral precisó que el plazo de prescripción aplicable es de cuatro años. Bajo este criterio, el proceso fue iniciado dentro del tiempo legal.

No hubo vulneración de principios legales

El máximo órgano electoral también descartó que se hayan vulnerado los principios de legalidad, predictibilidad o seguridad jurídica, como alegó la defensa del partido.

Asimismo, determinó que la resolución de la ONPE fue emitida dentro del plazo establecido, por lo que tampoco se configuró la caducidad del procedimiento administrativo sancionador.

Partido Morado perderá el 20% de su financiamiento público

Con esta decisión, el JNE confirmó íntegramente la sanción impuesta: además de la multa económica. El Partido Morado perderá el 20% del financiamiento público directo que recibe del Estado.
La resolución reafirma la obligación de las organizaciones políticas de cumplir estrictamente las normas sobre manejo de recursos, en un contexto de mayor fiscalización del financiamiento partidario en el país.

El JNE sancionó al Partido Morado con 31 UIT por haber cometido una infracción y realizar gastos públicos a través de un tercero y no del personero del partido.

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