El Poder Judicial admitió a trámite una demanda de hábeas corpus preventivo que solicita la entrega de un salvoconducto a favor de la expresidenta del Consejo de Ministros Betssy Chávez Chino, así como la protección de la inviolabilidad de la Embajada de México en el Perú.
La acción fue admitida por el Décimo Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima y está dirigida contra la Presidencia de la República, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio del Interior y el Poder Judicial.
El recurso fue presentado por el ciudadano Rubén Serpa Valdez, quien sostiene que existiría una amenaza real, cierta e inminente contra la sede diplomática mexicana, a raíz de presuntas declaraciones del presidente de la República, José Jeri, en las que habría mencionado la posibilidad de hacer uso de la fuerza pública para ingresar a la embajada y ejecutar un mandato de prisión preventiva contra Chávez.
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Según el demandante, dichas expresiones vulnerarían el artículo 22 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, que establece la inviolabilidad absoluta de las sedes diplomáticas. En ese sentido, argumenta que ni el Ministerio Público ni el Poder Judicial tendrían jurisdicción para ejecutar órdenes de captura dentro de una embajada extranjera.
Entre los pedidos formulados se incluye que se declare fundada la demanda; que se reconozca la existencia de una amenaza grave contra la inviolabilidad de la embajada; que se prohíba a cualquier autoridad —incluidos el presidente de la República, la Policía Nacional, el Ministerio Público y el Poder Judicial— ingresar o intervenir el recinto diplomático; y que se dicten medidas cautelares urgentes para su protección.
Asimismo, la demanda solicita la entrega inmediata de un salvoconducto a favor de Betssy Chávez, así como la abstención de cualquier acto de hostigamiento en su contra.
El juzgado dispuso correr traslado de la demanda a las procuradurías públicas de las entidades emplazadas, que cuentan con un plazo de tres días para absolverla antes de que se emita una decisión judicial.