Con la llegada de febrero, la expectativa ciudadana respecto al calendario de descansos obligatorios suele reactivarse. Sin embargo, el Día de San Valentín —o Día del Amor y la Amistad— no forma parte de la lista de feriados nacionales ni ha sido declarado día no laborable por el Ejecutivo para este año.
A diferencia de las festividades religiosas o civiles de carácter histórico, esta fecha no cuenta con respaldo legal en la normativa peruana para la suspensión de actividades. En consecuencia, tanto el sector público como el privado deberán cumplir con sus jornadas habituales, y las instituciones educativas mantendrán su programación regular sin alteraciones.
La confusión recurrente entre los ciudadanos responde, en gran medida, a la intensa actividad social que rodea la fecha. Los restaurantes, centros comerciales y establecimientos de esparcimiento operan con horarios extendidos y promociones especiales para atender la afluencia de parejas y grupos de amigos. No obstante, este dinamismo económico no se traduce en un beneficio de descanso para la fuerza laboral.
Quienes tengan previsto participar de las celebraciones deberán organizar sus agendas fuera de los horarios de oficina o centros de estudio. La legislación laboral vigente estipula que solo los días explícitamente señalados por decreto supremo otorgan el derecho a descanso remunerado o, en su defecto, al pago de una sobretasa por trabajo en día feriado, condición que el 14 de febrero no posee.