Ley busca cerrar vacíos tras emergencias ambientales
El Congreso de la República aprobó una norma que amplía el registro de personas afectadas por derrames o fugas de hidrocarburos y refuerza los mecanismos de fiscalización ambiental, en respuesta a los persistentes conflictos socioambientales vinculados a la actividad petrolera en el país.
La medida quedó oficializada a través del Diario Oficial El Peruano, mediante la Ley N.º 32534, que modifica la Ley 32190, norma que creó el Registro Único Consolidado de Personas Afectadas por Derrames o Fugas de Hidrocarburos. El objetivo central es precisar su ámbito de aplicación, cerrar vacíos legales detectados en su implementación y fortalecer la capacidad de respuesta del Estado ante emergencias ambientales.
Contexto marcado por conflictos y deudas pendientes
La aprobación de esta ley se produce en un escenario complejo, caracterizado por conflictos socioambientales no resueltos, reclamos de comunidades costeras y amazónicas por afectaciones no compensadas, y la ocurrencia de nuevos episodios de contaminación registrados durante el último año.
Diversos sectores habían advertido que el registro existente resultaba insuficiente para reconocer a todas las personas afectadas por derrames de hidrocarburos, especialmente en casos donde los impactos se prolongaron en el tiempo o no fueron atendidos oportunamente por las empresas responsables.
¿A quiénes alcanza el nuevo registro?
Con la incorporación de los artículos 3 y 4 a la Ley 32190, la norma establece que el registro será aplicable a todas las personas naturales o jurídicas afectadas por derrames o fugas de hidrocarburos ocasionados por empresas del sector que cuenten con autorización sectorial vigente.
Este alcance más amplio busca garantizar que ningún afectado quede fuera del reconocimiento oficial, independientemente de su ubicación geográfica o del tipo de actividad económica que desarrolle.
Inscripción retroactiva desde 2022
Uno de los puntos centrales de la nueva ley es que autoriza la inscripción retroactiva de personas afectadas por derrames ocurridos en la costa peruana desde el 1 de enero de 2022, siempre que estos eventos hayan sido declarados en emergencia ambiental.
Esta disposición apunta directamente a casos emblemáticos como el derrame de petróleo ocurrido en enero de 2022 en la refinería La Pampilla, operada por Repsol, considerado uno de los mayores desastres ambientales en la historia reciente del país.
Con esta medida, el Estado reconoce que existen afectaciones persistentes que no fueron adecuadamente registradas en su momento y que requieren un tratamiento excepcional.
Rol del Ministerio de Energía y Minas
La ley establece que el Ministerio de Energía y Minas (Minem) será la entidad encargada de proceder con las inscripciones excepcionales, ampliando así el universo de personas reconocidas oficialmente como damnificadas por derrames o fugas de hidrocarburos.
Este encargo implica una mayor responsabilidad para el sector Energía y Minas, que deberá coordinar con otras entidades del Estado para verificar los casos y garantizar que el proceso de inscripción sea técnico y transparente.
OEFA refuerza su función fiscalizadora
La norma también fortalece el rol del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), que será responsable de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la ley y de su reglamento, en concordancia con la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental.
Esto significa que el OEFA no solo podrá verificar la correcta implementación del registro de afectados, sino también supervisar el cumplimiento de las obligaciones ambientales de las empresas responsables, así como las acciones de respuesta, mitigación y remediación ejecutadas tras los derrames.
Mayor control sobre empresas responsables
Con la nueva ley, se refuerza la capacidad del Estado para exigir responsabilidades ambientales a las empresas del sector hidrocarburos, tanto en la atención inmediata de emergencias como en la reparación de los daños ocasionados a personas, actividades productivas y ecosistemas.
Especialistas consideran que esta disposición podría contribuir a reducir la impunidad ambiental, siempre que vaya acompañada de una fiscalización efectiva y de sanciones proporcionales a la magnitud de los daños.
Adecuación del reglamento en 30 días
Como disposición complementaria, la ley establece que el Poder Ejecutivo deberá adecuar el reglamento de la Ley 32190 en un plazo máximo de 30 días desde su entrada en vigor.
El nuevo reglamento deberá precisar el procedimiento de inscripción para los casos excepcionales, establecer condiciones claras, mecanismos transparentes y un protocolo de compensación para las personas afectadas, con el fin de garantizar un proceso justo, verificable y técnicamente sustentado.
Un paso pendiente en la agenda ambiental
Si bien la ampliación del registro y el fortalecimiento de la fiscalización representan un avance normativo, diversos analistas advierten que el verdadero desafío estará en la implementación efectiva de la ley, la coordinación interinstitucional y la voluntad política para enfrentar intereses económicos en juego.
La norma marca un nuevo capítulo en la relación entre el Estado, las empresas del sector hidrocarburos y las comunidades afectadas, en un país donde los derrames de petróleo siguen siendo una fuente recurrente de conflicto social y ambiental.