Un problema que se repite cada semestre
En la antesala del depósito obligatorio de la gratificación por Navidad, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) publicó una cifra que revela la magnitud del incumplimiento empresarial en esta obligación legal: el 98% de las inspecciones realizadas por este concepto entre 2024 y 2025 se originaron en denuncias de los propios trabajadores. En total, se registraron 27 774 inspecciones por denuncias, frente a apenas 557 inspecciones por operativos.
La institución recuerda que este lunes 15 de diciembre es la fecha límite para que todas las empresas —salvo casos exceptuados por ley— realicen el depósito correspondiente a la gratificación de fin de año. La cifra coincide con una temporada marcada por mayor conflictividad laboral, reclamos por demoras en pagos y consultas sobre cómo calcular correctamente el monto que corresponde a cada empleado.
¿Cuánto debe recibir un trabajador por su gratificación?
La normativa vigente establece que la gratificación de diciembre equivale a una remuneración mensual íntegra siempre que el trabajador haya laborado durante todo el semestre correspondiente: del 1 de julio al 31 de diciembre. Por ello, quienes mantengan vínculo laboral hasta el 31 de diciembre de 2025 recibirán la totalidad del beneficio.
¿Qué ocurre si el trabajador no laboró todo el semestre?
En estos casos, la gratificación se calcula de manera proporcional. La ley fija que corresponde 1/6 de la remuneración computable por cada mes calendario completo trabajado. Sunafil coloca un ejemplo ilustrativo:
Si un trabajador ingresó el 1 de septiembre y su sueldo es de 1 500 soles, recibirá 250 soles por cada mes completo, lo que suma 1 000 soles por la gratificación de Navidad.
El cálculo, aunque sencillo, genera cada año miles de consultas, lo que evidencia la persistente desinformación sobre los derechos laborales básicos. La entidad precisa que el monto debe incluir todos los conceptos remunerativos, salvo excepciones fijadas por ley.
¿Qué pagos adicionales debe realizar el empleador?
Junto con la gratificación, las empresas están obligadas a abonar una bonificación extraordinaria, equivalente al aporte que habrían realizado a EsSalud si este pago sí estuviera afecto a dicho descuento. Es decir:
- 9% para trabajadores cubiertos por EsSalud.
- 6.75% para trabajadores afiliados a una EPS.
Esta bonificación adicional tiene carácter obligatorio y debe abonarse junto con la gratificación. Su finalidad es compensar la exoneración del aporte a la seguridad social que aplica específicamente para este concepto.
¿La gratificación tiene descuentos?
No. Las gratificaciones no están sujetas a aportaciones, contribuciones ni descuentos, salvo los siguientes casos:
- Descuentos por Impuesto a la Renta, aplicables según escala tributaria.
- Descuentos autorizados por el propio trabajador.
- Descuentos ordenados por mandato judicial, como retenciones por alimentos u otros procesos.
El riesgo de no pagar: multas que pueden superar los 130 mil soles
Sunafil recordó que el incumplimiento del pago de la gratificación está tipificado como infracción grave en materia de relaciones laborales. La sanción se determina según el tamaño de la empresa y la cantidad de trabajadores afectados.
Para este 2025, las multas oscilan entre:
- 2 407.50 soles para pequeñas empresas.
- 139 742 soles para empresas no MYPE.
Estas cifras, advierte la entidad, buscan generar un incentivo real para cumplir con la obligación antes del plazo límite. En años anteriores, la mayor parte de denuncias se registró posterior al vencimiento, lo que provoca retrasos, procesos administrativos prolongados e incluso demandas laborales.
¿Por qué casi todas las inspecciones provienen de denuncias?
La cifra del 98% de inspecciones por denuncias refleja dos fenómenos que Sunafil sigue monitoreando:
- La baja supervisión preventiva por parte de las empresas, que tienden a esperar un reclamo formal antes de regularizar pagos.
- La creciente disposición de los trabajadores a denunciar, impulsados por canales digitales más simples y por la difusión de derechos laborales en redes sociales.
Para la entidad fiscalizadora, el dato confirma que la cultura de cumplimiento aún es débil en amplios sectores del mercado laboral peruano. Aunque Sunafil realiza operativos, estos representan una porción mínima del total de inspecciones vinculadas a gratificaciones.
Sunafil recomienda verificar boletas y reportar incumplimientos
A pocos días del depósito, la institución exhortó a los trabajadores a revisar sus boletas de pago, confirmar el monto depositado y reportar cualquier irregularidad a través de la plataforma virtual de denuncias o de los canales presenciales.
También advirtió a las empresas que cualquier retraso, incluso de uno o dos días, constituye infracción sancionable. “La obligación es pagar a más tardar el 15 de diciembre”, recuerdan las directivas internas.
Un cierre de año marcado por mayor fiscalización
La campaña por las gratificaciones se desarrolla en paralelo a operativos por informalidad laboral, retenciones indebidas y verificaciones de seguridad, en un año donde el Ministerio de Trabajo ha intensificado su supervisión. En ese escenario, Sunafil considera prioritario generar predictibilidad en el mercado y reducir la conflictividad entre empleados y empleadores.
Con miles de inspecciones realizadas y con el plazo final a la vista, la entidad insiste en un mensaje claro: cumplir la ley evita sanciones y fortalece relaciones laborales más justas.