Aprueban compensación obligatoria por cortes de agua injustificados

Pleno respalda allanamiento que modifica norma del servicio universal de agua y obliga a empresas a resarcir a usuarios.

por Edgar Mandujano

El Pleno del Congreso aprobó, con una amplia mayoría de 93 votos a favor, el allanamiento al Proyecto de Ley 4553/2022-CR, el cual incorpora una obligación específica para que las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento compensen directamente a los usuarios cuando ocurran interrupciones injustificadas. Esta decisión responde a las observaciones que previamente hizo el Poder Ejecutivo y modifica el Decreto Legislativo 1280, norma que regula el servicio universal de agua y saneamiento.

La presidenta de la Comisión de Defensa del Consumidor, Katy Ugarte, explicó que el dictamen se elaboró considerando los comentarios técnicos trasladados desde el Ejecutivo, con el fin de fortalecer el marco regulatorio y asegurar que el impacto de una interrupción atribuible al operador no recaiga sobre las familias. Surge así una pregunta clave: ¿qué cambia realmente con esta modificación legal y cómo beneficiará a los usuarios?


Pleno respalda cambios que fortalecen la protección al usuario

Durante su intervención, Ugarte precisó que el dictamen “recomienda el allanamiento a la autógrafa de la ley” en atención a las observaciones planteadas. Con ello, el Parlamento decidió aprobar un texto que introduce ajustes importantes en el Decreto Legislativo 1280, especialmente en el artículo 24.

El nuevo párrafo 24.2 establece que, si se produce una interrupción injustificada del servicio atribuible a la empresa prestadora, esta deberá compensar al usuario por el tiempo en que no recibió el servicio, incluyendo situaciones en las que el agua se haya brindado solo de forma restringida o en condiciones especiales. El reglamento será el encargado de definir las condiciones exactas para calificar estos escenarios.

Este cambio representa un avance significativo para los derechos del usuario, considerando que en diversas regiones los cortes inesperados o prolongados suelen ocurrir sin un mecanismo claro de resarcimiento. En ese sentido, aparece otra interrogante: ¿cuánto se demorará el Ejecutivo en ajustar sus reglamentos para que esta compensación pueda aplicarse plenamente?


Nuevas obligaciones para el Ejecutivo y las empresas prestadoras

La iniciativa aprobada por el Congreso incluye, además, una disposición complementaria final que obliga al Poder Ejecutivo a adecuar el Reglamento del Decreto Supremo 009-2024-VIVIENDA en un plazo máximo de 180 días calendario. Esto permitirá que las modificaciones legales tengan un marco operativo y no queden en el vacío.

El ajuste reglamentario será clave para definir cómo se calcularán las compensaciones, cómo se informará a los usuarios y qué mecanismos supervisará la autoridad competente. También será necesario precisar qué casos se consideran interrupciones injustificadas y qué escenarios podrían estar fuera de la compensación, como fenómenos climatológicos extremos u otros eventos no atribuibles a la empresa.

Este punto abre una nueva pregunta clave: ¿las empresas cumplirán sin resistencia este nuevo esquema compensatorio o surgirán disputas sobre la calificación de las interrupciones? Legisladores de diversas bancadas han señalado que la claridad normativa ayudará a evitar conflictos y garantizará que las compensaciones no dependan de interpretaciones discrecionales.


Impacto para las familias y regulación del servicio de agua

La aprobación del allanamiento también evita que la norma regrese a segunda votación, agilizando su incorporación al marco legal vigente. Con ello, el Congreso reafirma su intención de proteger a las familias frente a uno de los servicios esenciales más vulnerables: el acceso al agua potable.

Para miles de usuarios, especialmente en zonas urbanas con redes deterioradas o con escasa continuidad del suministro, esta medida representa un mecanismo de justicia inmediata. Ya no será necesario iniciar reclamos prolongados ante las empresas prestadoras ni depender exclusivamente de criterios regulatorios; la norma establece una obligación directa.

Además, el Parlamento busca consolidar una relación más equilibrada entre empresas operadoras y usuarios. Legisladores que apoyaron la medida argumentan que esta modificación impulsa una mayor responsabilidad operativa, reduce la frecuencia de fallas y promueve una infraestructura más estable.

En distintas regiones, especialmente en la costa norte y en Lima Metropolitana, vecinos reportan constantemente cortes sorpresivos sin aviso o sin alternativas de abastecimiento. En este contexto, la nueva normativa plantea un escenario distinto: ¿las empresas implementarán mejoras para evitar compensaciones constantes? Especialistas consideran que esto podría incentivar inversiones correctivas, optimización de redes y mejores protocolos de comunicación.

Finalmente, la norma contribuye a reforzar la idea de que el acceso al agua potable no solo es un servicio básico, sino un derecho fundamental que debe ser garantizado con estándares operativos adecuados. La compensación obligatoria es un paso hacia un modelo de servicio más justo, transparente y orientado al ciudadano.

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