JNE define sedes oficiales para inscribir a candidatos rumbo a las Elecciones 2026

El Jurado Nacional de Elecciones confirmó que las fórmulas presidenciales deberán registrarse exclusivamente en el JEE Lima Centro 1, mientras otras sedes asumirán procesos para Senado, Diputados y Parlamento Andino.

por Edgar Mandujano
Nuevo proyecto de ley del JNE

A menos de cinco meses de las Elecciones Generales 2026, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dio un paso clave para la organización del proceso: la definición de las sedes oficiales donde deberán inscribirse los candidatos a la Presidencia, vicepresidencias, Senado, Cámara de Diputados y Parlamento Andino. La decisión, establecida mediante la Resolución N.º 0624-2025-JNE, marca el inicio de la fase más intensa del calendario electoral y asigna responsabilidades específicas a los Jurados Electorales Especiales (JEE) en todo el país.

El anuncio se produce en medio de un escenario político fragmentado, con más de una treintena de organizaciones habilitadas para participar y con múltiples listas preparándose para competir en las elecciones internas. La inscripción de candidaturas es uno de los hitos más sensibles del proceso, pues determina qué agrupaciones llegan finalmente a la contienda general.


¿En qué sede deberán inscribirse los candidatos presidenciales?

El JNE dispuso que todas las fórmulas presidenciales —compuestas por un candidato a la Presidencia y dos postulantes a las vicepresidencias— deberán registrarse ante el JEE Lima Centro 1. Esta sede asume así la función de ventanilla única para todas las postulaciones al más alto cargo del país.

El JEE Lima Centro 1 estará encargado no solo de recibir los expedientes de inscripción, sino también de ejecutar procesos clave como:

  • Calificación de fórmulas y candidatos.
  • Fiscalización y procedimientos sancionadores vinculados a la Declaración Jurada de Hoja de Vida.
  • Resolución de tachas y exclusiones, además de atender renuncias y retiros.
  • Aplicación del artículo 42 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOP) sobre infracciones en campaña.
  • Resolución en primera instancia de pedidos de nulidad total en su ámbito para esta elección.

Esta centralización busca asegurar criterios uniformes y evitar decisiones contradictorias entre jurados, especialmente en un proceso con un alto número de postulantes esperados.


¿Qué JEE procesarán las candidaturas al Senado y al Parlamento Andino?

La resolución del JNE también asigna funciones específicas para los otros cargos nacionales. La elección de senadores, que se realizará en un Distrito Electoral Único Nacional, estará a cargo del:

  • JEE Lima Oeste 2 – Inscripción y fiscalización de listas al Senado (30 escaños).

Mientras tanto, para la elección de representantes al Parlamento Andino, también en distrito único, la competencia recae sobre:

  • JEE Lima Centro 2 – Inscripción y revisión de listas para el Parlamento Andino.

Ambos jurados replicarán las funciones que tendrá Lima Centro 1 para la elección presidencial, adaptadas a sus respectivas competencias.


¿Dónde se inscriben las listas de Diputados?

El proceso para la nueva Cámara de Diputados (130 escaños), que se elige por Distrito Electoral Múltiple, se realizará en diversas sedes a nivel nacional. El JNE ha designado 25 Jurados Electorales Especiales encargados de tramitar las inscripciones en cada circunscripción dependiendo de su cobertura geográfica.

Para casos específicos:

  • Peruanos Residentes en el Extranjero: inscripción en JEE Lima Centro 2.
  • Lima Metropolitana: inscripción en JEE Lima Oeste 3.

Este despliegue responde a la complejidad de una elección con miles de candidatos y distritos de distinta magnitud poblacional.


¿Qué atribuciones tendrán los 60 JEE durante el proceso electoral?

Los 60 Jurados Electorales Especiales instalados para este proceso no solo inscribirán listas, sino que también ejercerán un amplio conjunto de funciones esenciales para garantizar la transparencia y legalidad de las elecciones. La resolución detalla que los JEE deberán resolver:

  • Expedientes sobre publicidad estatal y propaganda electoral.
  • Casos de neutralidad y encuestas electorales.
  • Actas electorales observadas, recuentos de votos e impugnaciones.
  • Apelaciones sobre decisiones de las mesas de sufragio en temas como identidad del elector.
  • Invalidaciones parciales de actas dentro de su jurisdicción.
  • Proclamación descentralizada de resultados para Presidencia, Senado, Diputados y Parlamento Andino.

Esta descentralización en la proclamación de resultados busca agilizar el proceso, reduciendo los tiempos de espera y permitiendo que cada región adelante su propio procesamiento electoral.


¿Qué implica esta medida en el contexto del calendario electoral 2026?

La decisión del JNE llega en un momento clave, cuando las organizaciones políticas se preparan para disputar las elecciones primarias del 30 de noviembre y 7 de diciembre, requisito indispensable para definir quiénes llegarán a la contienda de abril de 2026.

En un escenario con más de 10 200 posibles candidatos previstos para los distintos cargos —según estimó el presidente del JNE, Roberto Burneo—, la claridad sobre sedes y competencias resulta fundamental para evitar retrasos y garantizar un proceso ordenado.

Además, centralizar las inscripciones presidenciales en una sola sede reduce riesgos de confusión y permite estandarizar criterios frente a tachas, exclusiones o conflictos que puedan surgir en los próximos meses.


Un proceso electoral cada vez más exigente

Con la reinstauración de la bicameralidad y la inclusión del voto de peruanos en el extranjero en distritos específicos, el sistema electoral peruano enfrenta uno de los procesos más complejos de los últimos años. La logística, los plazos y la fiscalización requieren precisión operativa, y las decisiones sobre sede son parte de esa preparación.

El JNE ha destacado que la organización electoral cuenta con el respaldo del Ejecutivo para garantizar los recursos necesarios y que los JEE estarán plenamente operativos para recibir candidaturas desde la apertura oficial del período de inscripción.


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