La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró este 22 de septiembre la disolución de dos cooperativas de ahorro y crédito tras identificar que ambas entidades incurrieron en la pérdida total de su capital social y de su reserva cooperativa, lo cual constituye una causal grave de intervención y disolución inmediata.
Mediante las Resoluciones SBS N.º 03366-2025 y N.º 03367-2025, la entidad reguladora oficializó la disolución de las siguientes instituciones financieras:
- Cooperativa de Ahorro y Crédito Líderes Emprendedores Red Nacional
- Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuevo Milenio Limitada
Ambas han sido excluidas del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, y quedan sujetas a un régimen legal que impone estrictas limitaciones a cualquier tipo de transacción, proceso legal o medida judicial en su contra.
¿Qué implica la pérdida total del capital social?
La pérdida total del capital social significa que la entidad ya no cuenta con los recursos mínimos necesarios para operar ni para responder a sus obligaciones con socios o terceros. Esta situación también compromete la reserva cooperativa, fondo que debería servir como respaldo en caso de crisis financiera.
La SBS, al detectar este nivel de insolvencia, está obligada por ley a intervenir, disolver la entidad y retirarla del registro correspondiente. Esta decisión busca proteger a los socios, evitar el uso indebido de fondos y frenar el riesgo sistémico en el sistema cooperativo nacional.
¿Qué restricciones rigen ahora sobre estas cooperativas?
En aplicación del Artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales, ambas cooperativas quedan sujetas a prohibiciones específicas que buscan evitar una afectación mayor al sistema financiero. Estas restricciones incluyen:
- 🚫 Prohibición de iniciar procesos judiciales o administrativos para el cobro de deudas contra la cooperativa.
- 🚫 Prohibición de ejecutar resoluciones judiciales dictadas en su contra.
- 🚫 Prohibición de constituir gravámenes o garantías sobre sus bienes.
- 🚫 Prohibición de realizar pagos, adelantos o asumir obligaciones con los bienes de la cooperativa.
- 🚫 Prohibición de imponer medidas cautelares sobre su patrimonio.
Estas medidas buscan preservar el remanente patrimonial hasta que se defina el proceso de liquidación y responsabilidad administrativa.
¿Qué deben hacer los socios o acreedores?
La SBS recomienda que los socios y acreedores eviten iniciar acciones legales individuales, ya que estas serán improcedentes mientras se mantenga el proceso de disolución. Además, cualquier recuperación de fondos deberá canalizarse a través del procedimiento de liquidación correspondiente, cuya información será publicada por canales oficiales.
La institución también recuerda que el listado actualizado de cooperativas autorizadas puede consultarse en su sitio web, a fin de evitar confiar en entidades no reguladas.