Este 19 de agosto, el Tribunal Constitucional (TC) emitió un fallo que ha causado fuerte debate político y jurídico en el país: la suspensión de las investigaciones penales en contra de la presidenta Dina Boluarte. Sin embargo, la presidenta del TC, Luz Pacheco, aclaró que esta decisión no representa un blindaje ni implica impunidad.
En diálogo con Exitosa Noticias, Pacheco sostuvo que la Fiscalía tiene el deber constitucional de investigar cualquier indicio de delito, incluso si el presunto autor es el presidente en funciones. No obstante, esas indagaciones deben ajustarse a los límites establecidos por el artículo 117 de la Constitución Política del Perú.
¿Qué establece el artículo 117 de la Constitución?
La Constitución peruana, en su artículo 117, señala que un presidente de la República solo puede ser acusado durante su mandato por cuatro causales específicas: traición a la patria, impedir elecciones, disolver el Congreso sin causa legal o evitar el funcionamiento de los organismos electorales.
En ese sentido, el fallo del TC no prohíbe la investigación, pero sí ordena que no se ejecuten actos que vulneren la inmunidad presidencial, como allanamientos, citaciones forzadas o medidas coercitivas.
“El Ministerio Público no solo puede, debe investigar cuando tiene noticia de algún indicio de delito, incluso si lo comete el presidente. Pero hay límites que se deben respetar”, sostuvo Luz Pacheco.
No hay impunidad: los procesos se reactivan al término del mandato
Frente a las críticas que señalan que la resolución del TC favorece a Dina Boluarte y debilita la lucha contra la corrupción, Pacheco respondió tajantemente:
“Tenemos cuatro expresidentes en prisión. A ninguno se les investigó penalmente durante el ejercicio del cargo. Las investigaciones se reactivaron o continuaron una vez concluido el mandato”, dijo la presidenta del TC.
Asimismo, recordó que este mecanismo no es nuevo ni exclusivo para Boluarte, sino que forma parte de un sistema que busca preservar el adecuado funcionamiento del poder Ejecutivo en democracia.
Fiscalía podrá continuar con diligencias, pero sin vulnerar la inmunidad presidencial
Uno de los puntos clave de la resolución del Tribunal Constitucional es que la Fiscalía puede seguir indagando en los casos que involucren a Dina Boluarte —como el caso de los relojes Rolex o las cirugías estéticas— pero no puede formalizar investigación preparatoria ni imponer medidas restrictivas mientras continúe en funciones.
Luz Pacheco enfatizó que el TC no ha anulado las investigaciones, sino que ha marcado una delimitación clara entre indagar y procesar penalmente a una mandataria en ejercicio.
“Investiguen todo lo que sea necesario, pero respetando lo que dice la Constitución. Cuando deje el cargo, si hay méritos, que se le procese como corresponde”, insistió.
El rol de la inmunidad presidencial en una democracia
El fallo del TC señala que la inmunidad presidencial es un mecanismo de protección institucional, no personal, y que su objetivo es evitar interferencias externas que puedan afectar el normal desarrollo del mandato presidencial.
“La inmunidad resulta estrictamente necesaria, tomando en cuenta la naturaleza del cargo y la especial relevancia de su adecuado ejercicio”, reza la resolución.
Esta figura legal es reconocida en múltiples democracias como un instrumento para garantizar estabilidad política, aunque ha sido objeto de críticas por su potencial mal uso.
¿Qué ocurre con los casos en curso?
El fallo del TC no se refiere a un caso específico, pero tiene impacto inmediato en las investigaciones abiertas en contra de Dina Boluarte, entre ellas:
- El caso Rolex, donde se le cuestiona por presunto enriquecimiento ilícito al no declarar relojes de alto valor.
- Las presuntas cirugías estéticas, supuestamente realizadas durante su mandato y en horas laborables.
Para Luz Pacheco, ambos casos pueden ser indagados, siempre que no se vulneren los principios de la inmunidad.
¿El fallo es definitivo?
La resolución del TC tiene carácter vinculante y definitivo, lo que significa que deberá ser acatada por todas las instancias del sistema de justicia. No obstante, no impide que se promuevan reformas constitucionales para ampliar los supuestos del artículo 117 o modificar los alcances de la inmunidad presidencial.
En sectores del Congreso ya se ha empezado a debatir la necesidad de revisar el marco legal, especialmente ante la creciente desconfianza ciudadana hacia los altos funcionarios del Estado.
La investigación no se detiene, pero tiene límites
El fallo del Tribunal Constitucional ha generado diversas interpretaciones. Mientras sectores oficialistas celebran la decisión como un “triunfo del orden constitucional”, desde la oposición se teme un uso político de la inmunidad.
Lo cierto es que la Fiscalía no está impedida de investigar a Dina Boluarte, pero deberá hacerlo sin vulnerar los derechos del cargo presidencial. Una vez que Boluarte concluya su mandato, los casos podrán ser retomados con plena acción penal.