El Poder Judicial desmintió haber ordenado la liberación de Jhon Smith Arce Cruz, alias ‘Jhon Pulpo’, uno de los fundadores de la organización criminal Los Pulpos. Según la Corte Superior de Justicia de Tacna, la decisión de excarcelarlo fue tomada por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) tras evaluar su acceso a beneficios penitenciarios por trabajo y estudio.
Arce Cruz, condenado en 2008 a 25 años de prisión por el asesinato de su expareja y otro sujeto vinculado al crimen organizado, cumplía su pena en el penal de Challapalca, una prisión de máxima seguridad que alberga internos de alta peligrosidad. Después de 17 años de encierro, el INPE consideró que su participación en actividades educativas y laborales dentro del penal justificaba su excarcelación anticipada.
¿Qué resolvió la Corte en el proceso de habeas corpus?
La aclaración del Poder Judicial surge luego de una ola de críticas y cuestionamientos en redes sociales y medios de comunicación, tras conocerse que ‘Jhon Pulpo’ había salido en libertad. La Corte explicó que no se trató de una orden directa del tribunal, sino de una respuesta técnica a un recurso legal.
En detalle, la defensa de Arce Cruz presentó un habeas corpus contra una resolución administrativa del INPE que inicialmente rechazaba su solicitud de redención. Aunque el juzgado de primera instancia lo declaró improcedente, la Sala Penal de Apelaciones de Tacna revocó ese fallo y ordenó una nueva evaluación conforme a la normativa vigente al momento en que la sentencia quedó firme.
La Corte fue enfática en señalar que no tiene competencia para calcular el cómputo de pena, ni para otorgar beneficios penitenciarios. Esto último es una facultad exclusiva del INPE, conforme a la Ley de Ejecución Penal y al marco normativo vigente en el Perú.
¿Quién es ‘Jhon Pulpo’?
Jhon Smith Arce Cruz, conocido como ‘Jhon Pulpo’, es uno de los fundadores de la organización criminal Los Pulpos, originada en Trujillo. Su historial delictivo incluye el asesinato de su expareja y de otro individuo, hechos por los que fue condenado a 25 años de prisión. Durante su reclusión, también fue señalado como cabecilla activo de esta red, con operaciones extendidas al norte del país.
Su nombre ha sido vinculado repetidamente con actos de extorsión, sicariato y tráfico de drogas, y su organización ha sido investigada por infiltrarse en distintos sectores económicos y políticos. Actualmente, su hijo es buscado por la Policía Nacional, acusado de continuar las operaciones ilícitas de la organización.
El rol del INPE y los beneficios penitenciarios
La decisión de liberar a ‘Jhon Pulpo’ se basa en el beneficio de redención de pena por trabajo y estudio, una herramienta legal del sistema penitenciario peruano que permite reducir la condena de los internos que participan en actividades educativas o laborales certificadas dentro del penal.
Este beneficio es administrativo, no judicial, y su aprobación depende del cómputo de pena realizado por los técnicos del INPE. Según el Código de Ejecución Penal, por cada cierta cantidad de días trabajados o estudiados, se puede reducir un día de condena. El cálculo final debe cumplir criterios establecidos por el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema.
Reacciones frente a la excarcelación
La liberación de una figura emblemática del crimen organizado como ‘Jhon Pulpo’ ha generado preocupación entre la ciudadanía, especialmente en el contexto actual de inseguridad ciudadana y creciente actividad de bandas criminales en varias regiones del país.
Diversos sectores han pedido revisar la normativa sobre beneficios penitenciarios y demandan mayor transparencia en la ejecución de estos procesos. Algunas voces incluso proponen excluir a condenados por delitos graves de este tipo de beneficios, ante el temor de que puedan reincidir o seguir operando desde el exterior.
Posición del Poder Judicial: “No ordenamos su liberación”
En su comunicado oficial, la Corte Superior de Justicia de Tacna dejó claro que su sentencia de habeas corpus no equivalía a una liberación. Se trató únicamente de un pronunciamiento sobre el uso de una norma inaplicable, lo que obligó al INPE a emitir una nueva resolución administrativa.
Con esta aclaración, el Poder Judicial se deslinda de cualquier responsabilidad en la excarcelación del condenado y reafirma que no tiene participación alguna en el cómputo de pena ni en la aplicación directa de beneficios penitenciarios.