El Congreso de la República aprobó oficialmente la Ley N° 32372, que modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal, con el objetivo de facilitar la expulsión de extranjeros condenados por delitos graves, fortaleciendo así la seguridad ciudadana en el país. La ley fue publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el 7 de junio de 2025.
La modificación más destacada de esta ley establece que la expulsión de extranjeros se llevará a cabo una vez que el condenado haya cumplido su pena privativa de libertad, o en caso de que se le conceda un beneficio penitenciario o se convierta la pena privativa de libertad. El artículo 118 del Código de Ejecución Penal ha sido modificado para asegurar que la expulsión sea ejecutada por la autoridad competente una vez cumplida la pena.
El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, solicitó que la ley sea notificada a la presidenta Dina Boluarte para su pronta promulgación. Además, la ley fue firmada por la primera vicepresidenta del Congreso, Patricia Juárez.
Una de las modificaciones más significativas es el artículo 30-A del Código Penal, que establece que los extranjeros condenados por delitos graves no podrán regresar al país por un período igual a la duración de la pena máxima del delito cometido. Asimismo, la ley contempla la posibilidad de decomisar los bienes del condenado para la reparación civil, la cual no prescribe.
Con la aprobación de esta ley, el Congreso busca aumentar la eficacia en la expulsión de extranjeros que hayan cometido delitos graves, como una medida más para garantizar la seguridad y el orden en el país.