La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Arequipa confirmó en segunda instancia una sanción de 4 UIT (S/ 21 453) al Banco de Crédito del Perú (BCP) por no brindar un servicio idóneo al permitir seis operaciones no reconocidas que afectaron a un usuario. El denunciante indicó que, tras perder su tarjeta en un cajero automático, se realizaron retiros y transferencias desde su cuenta por un monto total de S/ 12 000 y USD 400.
Los hechos ocurrieron entre el 28 y 30 de enero de 2024, un día después de que el usuario reportara que su tarjeta se quedó atascada durante una operación en un cajero del banco. Personal de seguridad del lugar le indicó que no había problema en regresar después, asegurando que “no iba a suceder nada”. Sin embargo, en las horas siguientes, se efectuaron movimientos sospechosos en intervalos cortos de tiempo.
La comisión del Indecopi concluyó que el BCP no evaluó el comportamiento habitual del cliente, ni la frecuencia ni el monto de las operaciones inusuales. Tampoco alertó al usuario ni implementó mecanismos de seguridad adecuados. Por estos motivos, se determinó que el banco infringió el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que obliga a los proveedores a brindar un servicio seguro y de calidad.
Además de la sanción económica, en primera instancia se ordenó como medida correctiva que el banco reembolse al cliente el total del dinero sustraído, incluyendo gastos, comisiones u otros cargos aplicados. Esta medida no fue apelada por el BCP, por lo que quedó firme. La resolución final N.º 086-2025/Indecopi-AQP puede revisarse en el siguiente enlace: https://surl.li/mgrday.