El Congreso de la República aprobó en primera votación el proyecto que extiende, de forma excepcional, el plazo para el arrastre de pérdidas de renta de tercera categoría correspondiente a los años 2020, 2021 y 2022. Con 58 votos a favor, 32 en contra y 11 abstenciones, se dio luz verde al texto sustitutorio del Proyecto de Ley 9433/2024-CR, el cual modifica lo establecido en el artículo 50 del Decreto Legislativo 774, Ley del Impuesto a la Renta.
La iniciativa busca dar alivio a las empresas que enfrentaron pérdidas significativas debido al aislamiento social obligatorio durante el estado de emergencia por la pandemia del COVID-19. El beneficio solo aplicará a los contribuyentes domiciliados en el país que generen renta de tercera categoría y que hayan optado, o vayan a optar, por compensar sus pérdidas netas totales según el régimen previsto.
Uno de los puntos clave de la ley es que excluye a las empresas que se encuentren en proceso de liquidación, ya que en estos casos se pierde el derecho al beneficio. La disposición está orientada a asegurar que solo empresas activas y con intención de recuperación accedan a este mecanismo fiscal.
La propuesta fue sustentada por el congresista Ilich López, presidente de la Comisión de Economía, quien resaltó que muchas empresas aún no se recuperan del golpe económico de la pandemia. Por ello, esta prórroga del arrastre de pérdidas es vista como una herramienta clave para incentivar la reactivación empresarial y proteger el empleo.