La revelación sobre la cirugía estética de la presidenta Dina Boluarte y su presunta ausencia del cargo sin comunicarlo al Congreso ha encendido el debate político y legal en el Perú. Mientras se discute si lo sucedido constituye causal de vacancia o un posible juicio político, expertos en derecho constitucional ofrecen su análisis.
Fernando de la Flor, abogado constitucionalista, descartó que lo ocurrido sea causal de vacancia bajo el concepto de incapacidad moral permanente, figura que, según él, ha sido distorsionada en el país desde 2016. Sin embargo, advirtió que, de comprobarse la ausencia de Boluarte sin la debida comunicación, podría configurarse una infracción constitucional. “Esto daría mérito a un juicio político en el Parlamento que podría terminar en la inhabilitación de la presidenta por un máximo de 10 años. Pero este proceso solo podría iniciarse después de que Boluarte deje el cargo, ya que la Constitución no permite encausarla mientras ejerza la presidencia”, explicó.
De la Flor también alertó sobre la posibilidad de que el Congreso utilice la figura de incapacidad moral permanente de manera discrecional para vacar a Boluarte. “Podrían argumentar que su conducta es inmoral, inventar causales o ampliar arbitrariamente el alcance del concepto, reunir 87 votos y dejar al Perú sin presidenta”, señaló, destacando el precedente de interpretaciones laxas de esta figura en los últimos años.
Por su parte, Omar Cairo coincidió en que lo ocurrido no es causal de vacancia. Explicó que la incapacidad moral permanente en el régimen semipresidencial peruano se refiere exclusivamente a incapacidades físicas o mentales. No obstante, consideró que la presunta omisión de informar al Congreso podría constituir una infracción al artículo 114.1 de la Constitución, lo que justificaría un juicio político. Este procedimiento podría derivar en sanciones como suspensión temporal, destitución o inhabilitación, dependiendo de la decisión del Parlamento.
Ambos expertos enfatizaron que un juicio político, y no una vacancia, sería el mecanismo adecuado si se demuestra la infracción. Sin embargo, de la Flor recordó que “estamos en el Perú, donde el Congreso suele interpretar la Constitución según sus intereses”.
El desenlace de este caso dependerá de las investigaciones parlamentarias y de si el Congreso opta por un camino ajustado a la Constitución o decide forzar una vacancia presidencial bajo argumentos poco claros.