Luego de que el pasado 12 de octubre el Poder Judicial declarara fundada la demanda interpuesta por Jenny Trujillo y Darling Delfín, madres del menor de las iniciales D.A.D.T., ordenando al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que reconozcan los apellidos de ambas en el DNI de su hijo.
Este jueves, el Reniec presentó una apelación a la resolución judicial. Ante este pedido, la Defensoría del Pueblo se pronunció y señaló que esta petición por parte de la entidad “afecta su derecho a la identidad, contraviene interés superior y los demás derechos reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño”.
Como se recuerda, ambas madres iniciaron este proceso el pasado 15 de diciembre de 2016 y tras cinco años lograron que la justicia peruana falle a su favor. Sin embargo, quedó pendiente que una vez que se le ordenara al Reniec lo dispuesto por el Poder Judicial, dicha institución podía apelar y así ocurrió.
Ante esta situación, Jenny Trujillo y Darling Delfín, expresaron que llevaran su caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Por su parte, la Defensoría del Pueblo también señaló que “en este caso, los procuradores públicos pueden abstenerse de apelar frente a derechos evidentemente vulnerados, como ocurrió en el caso de Ana Estrada”.
Como se recuerda, en su momento la Procuraduría Pública indicó que se trata de “una sentencia que no genera agravio alguno a los derechos e intereses del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”.
“Esta Procuraduría Pública no interpondrá recurso impugnatorio alguno contra la sentencia contenida en la resolución N°6 del 22 de febrero del 2021, pues si bien es cierto que es función y obligación de las procuradurías públicas de agotar todos los recursos impugnatorios que la ley nos franquea en defensa de los intereses del Estado; sin embargo, también es cierto que la actuación que desplieguen los procuradores públicos debe circunscribirse y delimitarse a los cánones constitucionales”.