La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional, confirmó resolución de primera instancia que varía la medida de detención domiciliaria por comparecencia con restricciones para el expresidente Pedro Pablo Kuczynski.
El expediente 00019-2018, también reitera la resolución que impuso a Pedro Pablo Kuczynski a medida de impedimento de salida del país por cuatro meses.
“Declararon INFUNDADOS los recursos de apelación interpuestos por el representante del Ministerio Público, respecto del plazo y la defensa técnica del investigado Pedro Pablo Kuczynski Godard, contra la Resolución N.° 8; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N.° 8 del trece de abril de 2022 que impuso la medida de impedimento de salida del país por el plazo de cuatro meses”, se lee en la resolución.
PPK, también deberá seguir las siguientes reglas de conducta:
- Comparecer al Juzgado cada 30 días, a efectos de informar sus actividades, en la fecha y horario establecido por el Juzgado, para el control biométrico respectivo.
- Prohibición de ausentarse de Lima Metropolitana; salvo que se cuente con autorización judicial, debiendo informar el lugar de su residencia en un plazo de 48 horas de emitido el presente pronunciamiento.
- La prohibición de efectuar declaraciones a los medios de prensa, radial, escrita o televisiva, respecto de este caso que perturben la actividad indagatoria (probatoria).
Kuczynski Godard es investigado por el presunto delito de Lavado de Activos en su condición de presidente del Consejo de Ministros, en los proyectos Interoceánica Sur tramos II y III y el proyecto de irrigación e hidroenergético de Olmos, trasvase e irrigación.
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