Este miércoles, la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior Nacional, declaró “no ha lugar” el requerimiento de los abogados Jhon Kleber Benites Tangoa y Alexander Benites Tangoa, a renunciar a ejercer el patrocinio del investigado Richard Rojas García.
Según el EXPEDIENTE: 00062-2021-5-5002-JR-PE-02, señala que “la renuncia debe ser puesta en conocimiento del juez en el término de veinticuatro (24) horas antes de la realización de la diligencia”, programada para mañana a las 12:00 pm.
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No-ha-lugar-renunciaEl colegiado requirió la asistencia de los letrados a la audiencia virtual, bajo apercibimiento de imponérsele una multa de 5 Unidades de Referencia Procesal (S/.2,200). La defensa de Rojas García apeló la resolución que declaró fundado en parte, impedimento de salida del país.
El pasado 20 de octubre, el juez John Pillaca Valdéz, del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional, declaró fundado el requerimiento fiscal e impuso impedimento de salida del país por el plazo de seis meses contra Richard Rojas García.
“El plazo de la presente investigación, y, además, teniendo en consideración que nos encontramos ante hechos vinculados a una presunta organización criminal enquista dentro del partido político nacional de Perú Libre, se desprende que, resulta coherente que el impedimento de salida del país requerido se extienda, por el plazo de SEIS (06) MESES, para el cumplimiento de los fines de los actos de investigación que solicita el Ministerio Público”.
Los elementos de convicción que sustentan la imputación es que a Rojas García se le atribuye la comisión del delito de Lavado de Activos, quien dentro de la presunta organización criminal cumpliría un rol de colaborador en la ejecución de actos de conversión, transferencia y ocultamiento de dinero que facilitaría las operaciones.