Cuando el debate de la convocatoria a la Asamblea Constituyente y la redacción de una nueva Constitución parecía haberse enfriado, el congresista Guido Bellido (Perú Libre) planteó una nueva alternativa: restablecer transitoriamente la carta política de 1979 mientras el proceso constituyente seguía su curso.
Este fue el sentido en el que Bellido Ugarte tuiteó el 3 de julio, e incluso hizo una observación: “El artículo 307 de Constitución de 1979, faculta al presidente Pedro Castillo salvar del fujimorismo y caviarismo a los peruanos. ‘Artículo 307: Esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de observarse por acto de fuerza o cuando fuere derogada por cualquier otro medio distinto’”, manifestó a través de sus redes sociales.
La propuesta, aparentemente sería personal. Eso fue lo que dijeron a CARETAS Silvana Robles, vocera del grupo parlamentario del lápiz y Alex Flores, quien consideró que lo propuesto por su colega cusqueño no es viable y reafirmó la postura del partido: convocar a una Asamblea Constituyente que elabore una nueva carta magna.
Sin embargo, llama la atención que la propuesta de Bellido Ugarte coincide con una planteada en el periódico “El Combatiente” –dirigido por Jhon Paz Albornoz–, en el que incluso se ensaya una fórmula de proyecto de ley que restablece la Constitución de 1979 y donde se convoca una Constituyente.
Consultado por esta revista, el constitucionalista Omar Cairo consideró que dicha carta política podría restablecerse mediante una reforma total de la Constitución vigente, siguiendo los procedimientos establecidos en el artículo 206. El especialista añade que otra vía para que la Constitución de 1979 vuelva a entrar en vigencia sería la de la Asamblea Constituyente. Sin embargo, esta opción necesita del consenso de las fuerzas políticas representadas en el Parlamento.
Además, Cairo Roldán explica que la carta magna del 79 no puede restablecerse en aplicación de su artículo 307, como propuso Bellido. Para el jurista, la aplicación del artículo hubiese servido poco después del autogolpe de 1992 ejecutado por Alberto Fujimori.
“Ese mecanismo (artículo 307) ya no es utilizable 30 años después, porque hay numerosísimas situaciones jurídicas consolidadas con la Constitución de 1993. Además, implícitamente el pueblo ha convalidado esta Constitución pues desde 2001 (luego del fin de la dictadura fujimorista) la ha utilizado para la elección de presidente y congresistas y para regular el funcionamiento de estos”, sostuvo.
Un punto de vista a tomar en cuenta es el del economista Silvio Rendón, quien a título personal, dijo a esta publicación que una alternativa de solución a la crisis política sería redactar una nueva carta magna que mantenga los principios y el espíritu de la Constitución de 1979 y a la vez mantenga los avances que trajo la de 1993.
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Rendón resaltó que la ventaja de la Constitución de 1979 era que venía de un consenso político reflejado en el documento a diferencia de la carta magna de 1993, que en su opinión tiene una “sobrerepresentación de la derecha que no corresponde a lo que el Perú es políticamente”.
Para el economista, dicha Constitución debería verse como un “ancla”, ya que esta no cuenta con instituciones como la Defensoría del Pueblo y sí cuenta con un parlamento bicameral, propuesta que actualmente se debate en el Legislativo.
Asimismo, señaló “no tener la menor duda” de que la ciudadanía votaría a favor de escribir un nuevo pacto social si fuese consultada en un referéndum.
Por otro lado, consideró que un cambio constitucional no sería vinculante para el gobierno del presidente Pedro Castillo, sino para la siguiente administración. No obstante, manifestó que “no le parece una buena excusa” que el presidente no haya cumplido con medidas populares como un aumento en la inversión en salud pública, u otros programas sociales amparándose en las “ataduras” que tendría con la actual carta política.
En esa línea, consideró que hay aspectos en la Constitución que “están bien, pero no deberían tener rango constitucional”, y señaló que apuesta por “una Constitución minimalista”.
Resaltó, asimismo, que no hay que subestimar la poca representación que sienten los peruanos por la Constitución.
Para Rendón, uno de los capítulos más limitantes en la actual cata magna es el económico, que limita seriamente que el país tenga empresas públicas y señaló que hay un avance en el reconocimiento identitario de diversas comunidades y reivindicaciones de género que deben estar incluidas en una carta magna.