La segunda vicepresidenta del Congreso, Digna Calle (Podemos Perú), justificó su voto en contra del rechazo de plano de la cuestión de confianza formulada por el ex primer ministro, Aníbal Torres, sosteniendo que el órgano que debía declarar la improcedencia del pedido es la Comisión de Constitución.
El pedido de confianza de Torres Vásquez, orientado a derogar la ley que ratifica que el referéndum solo puede darse por normas previamente aprobadas en el Legislativo, fue rechazado de plano por mayoría por la Mesa Directiva. En el documento dirigido al entonces premier, Calle Lobatón dejó en claro que se opuso al rechazo.
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Mediante comunicado, la parlamentaria explicó que su decisión se basa en el artículo 86 del Reglamento del Congreso que establece que la Comisión de Constitución puede declarar improcedente una cuestión de confianza que vulnere las normas, sin que esto equivalga a una denegatoria, rehusamiento ni rechazo.
Calle era partidaria de este procedimiento a fin de “salvaguardar” la institucionalidad del Parlamento para garantizar que la decisión no sea considerada una denegatoria de la cuestión de confianza. Luego de la improcedencia declarada por dicho grupo de trabajo parlamentario, el Pleno debía emitir una posición colegiada, según dijo.