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Constitucionalista Omar Cairo: “La vacancia no es un procedimiento para sancionar con destitución”

El experto señaló que los dos procesos para destituir a un presidente de la República son el juicio político y el antejuicio.

lunes 03 de enero del 2022
en Política
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Constitucionalista Omar Cairo sostiene que si el Congreso aprueba la Ley de desarrollo de la cuestión de confianza sería “manifiestamente inconstitucional”

Omar Cairo, abogado constitucionalista.(FOTO: DIFUSIÓN)

En los últimos días nuevamente suenan voces de vacancia presidencial desde la oposición, en el Congreso de la República. El líder de Renovación Popular, Rafael López Aliaga, anuncio que se está preparando un diagnóstico sobre la situación del presidente Pedro Castillo Terrones, mientras la congresista de Avanza País, Norma Yarrow, expresó que daría hasta su vida por defender la vacancia.

En ese sentido, el constitucionalista Omar Cairo explicó a CARETAS cuáles son los procedimientos que tienen los congresistas para destituir a un jefe de Estado.

“El juicio político es el procedimiento por el cual la Comisión Permanente acusa ante el Pleno del Congreso al presidente por infracción a la Constitución y se le puede sancionar con la suspensión, inhabilitación o destitución”, explicó. Bajo este procedimiento, los parlamentarios deberán actuar por acciones únicamente políticas.

Otro procedimiento es el antejuicio, que se trata de una decisión del Congreso en la que busca levantar la inmunidad o prerrogativa funcional de un alto funcionario por probables delitos cometidos en ejercicio de sus funciones. Difiere del juicio político, pues no aplica ninguna sanción al funcionario acusado, sino que se limita a decidir si se habilita un proceso penal.

El presidente de la República puede ser procesado solo por cuatro delitos, según el artículo 117 de la Constitución: por traición a la patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución; y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral. Todos ellos cometidos durante su período de gestión.

Existiendo dos procesos claros para la destitución de un mandatario, “hablar de vacancia no es válido, porque no es un procedimiento para sancionar con destitución, es un procedimiento para declarar que el presidente ya no puede seguir en el cargo por circunstancias objetivas”, señaló Cairo.

Por otro lado, precisó que la presunta injerencia del presidente Pedro Castillo en los ascensos de las Fuerzas Armadas podría ser una infracción a la Constitución, si la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales así lo determina. “Ese hecho estaría infringiendo la norma constitucional, porque señala que la propuesta de ascensos debe provenir de los institutos armados” y no del presidente. Este proceso se desarrollaría bajo un juicio político, más allá de que exista o no un delito, podría terminar con la destitución del mandatario.

Tags: antejuicioJuicio políticoOmar CairoPedro CastilloVacancia presidencial
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