El Poder Judicial a través del Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, condenó a 15 años de pena privativa de la libertad efectiva a José Miguel Cancino Romero (34) y a Martín Eusebio Salas Velásquez (29) como coautores del delito contra la salud pública-tráfico ilícito de drogas en la modalidad de promover o favorecer el consumo ilegal de droga ilegal tóxica, en agravio del Estado peruano.
La hipotesis fiscal señala que los inculpados crearon la empresa Frozenfood Export EIRL que sirvió como fachada para la importación y exportación de alimentos, postres, bocadillos y toda clase de bebidas, siendo José Cancino Romero, gerente titular; Martín Salas Velásquez, gerente general, y Ricardo Pitre Velásquez, representante legal.
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Esta empresa efectuó tres operaciones aduaneras de exportación.
El tribunal Judicial del Callao, integrado por los magistrados Gino Delzo Livias (presidente), Alex Carbajal Alferes y Juan Sánchez Córdova, los halló culpables de haber coordinado el envío de 91 kilos 931 gramos. de clorhidrato de cocaína distribuidos en 800 cajas de pulpa de palta congelada, 400 cajas de pulpa de mango congelado y 400 cajas de pulpa de fresa congelada en la modalidad de exportación con destino a España.
Además, deberán pagar la suma 200 mil soles como concepto de reparación civil a favor del Estado. Asimismo, se dispuso el decomiso definitivo de la droga incautada para su destrucción y pérdida de dominio y fijar el pago de 360 días-multa que deberán abonar los sentenciados a favor del Estado.