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MTPE reitera su exhortación al Congreso de la República para no afectar a la clase trabajadora beneficiaria del Bono 210

Finalmente se ratifica en la pertinencia y constitucionalidad de dicho decreto de urgencia, es decir, en el cumplimiento de los seis requisitos sustanciales exigidos para dictar un decreto de urgencia: materia económica y financiera, excepcionalidad, necesidad, generalidad, transitoriedad y conexidad.

jueves 03 de febrero del 2022
en Nacional
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MTPE reitera su exhortación al Congreso de la República para no afectar a la clase trabajadora beneficiaria del Bono 210

Ante el Proyecto de Ley N° 1213-2021-CR presentado por la Congresista de la República, Patricia Juárez, para derogar el decreto de urgencia que establece el otorgamiento del bono extraordinario a favor del personal formal de los sectores privado y público (Bono 210), el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) advierte lo siguiente:

1.       El Decreto de Urgencia N° 105-2021, publicado el 14 de noviembre del 2021 en el Diario Oficial El Peruano, establece el otorgamiento de un bono extraordinario de S/ 210.00 (en adelante Bono 210) a favor del personal formal de los sectores privado y público con menores ingresos. Esta medida se adoptó considerando la pérdida del poder adquisitivo de los/as trabajadores/as formales para la cobertura de las necesidades básicas de sus hogares, debido a la situación económica generada por la persistencia de la COVID-19 y las medidas adoptadas por el gobierno para contrarrestarla.

2.       El referido decreto de urgencia establece que el pago del Bono 210 para los trabajadores beneficiarios del sector público se efectúa en el mes de noviembre de 2021. Para el caso de los trabajadores beneficiarios del sector privado, el decreto de urgencia encargó al MTPE la elaboración previa de un padrón de beneficiarios en base a la información de la Planilla Electrónica, y a EsSalud el proceso de pago a través del Banco de la Nación y las empresas del sistema financiero y empresas de dinero electrónico; estableciendo como plazo máximo para su cobro el 31 de marzo de 2022.

3.       En tal sentido, a diciembre de 2021 la totalidad de trabajadores beneficiarios del sector público ya han cobrado el Bono 210. En el caso del sector privado, luego de los procesos previos antes descritos y dentro del plazo legal establecido, el cobro se inició el 21 de enero del presente año habiendo, a la fecha, dispuesto el pago de 1,446,902 bonos que representa el 54% de los trabajadores beneficiarios.

4.       Sin perjuicio de disentir con el Congreso de la República sobre las razones que motivan su iniciativa legislativa para la derogación del mencionado decreto de urgencia, es necesario destacar e invocar a la reflexión sobre el efecto de su propuesta en la población beneficiaria, ya que la pretendida derogatoria no solo impedirá el pago a 1,216,148 trabajadores beneficiarios pendientes de abono pertenecientes al sector privado sino que, además, generará una situación de inequidad e injusticia entre aquellos trabajadores que ya no podrán cobrar el Bono 210 respecto a los trabajadores beneficiarios del sector público y privado que ya lo cobraron.

Finalmente, el MTPE se ratifica en la pertinencia y constitucionalidad de dicho decreto de urgencia, es decir, en el cumplimiento de los seis requisitos sustanciales exigidos para dictar un decreto de urgencia: materia económica y financiera, excepcionalidad, necesidad, generalidad, transitoriedad y conexidad.

Tags: BonosMTPE
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