El viernes 1° de noviembre (Día de Todos los Santos), es feriado nacional tanto para los trabajadores del sector público como para el privado, y de igual manera, será pagado por los empleadores, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“El pago del feriado es equivalente a una remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo. No obstante, los trabajadores del sector privado que laboren tal día tendrán derecho a percibir tres remuneraciones, siempre que no cuenten con descanso sustitutorio”, precisó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
Por lo tanto, el trabajador recibirá:
- Una remuneración diaria por el feriado.
- Una segunda remuneración por el trabajo realizado.
- Una tercera remuneración por laborar en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día (sobretasa del 100%).
Es decir, si un trabajador recibe como sueldo diario 30 soles y no labora el feriado, de igual manera se le pagará 30 soles por el feriado.
Si laborara el feriado con descanso sustitutorio, recibirá solo 30 soles por el feriado. Sin embargo, si labora el feriado sin descanso sustitutorio percibirá triple remuneración.
- 30 soles por el feriado.
- 30 soles por el trabajo realizado.
- 30 soles por haber laborado en día feriado.
Por su parte, la Cámara de Comercio de Lima recuerda con el Decreto Supremo N° 002-2019-PCM que el Gobierno declaró el jueves 31 de octubre de 2019 como “día no laborable” compensable para el sector público.
No obstante, opcional en las empresas del sector privado. Esto con la finalidad de impulsar el turismo interno a nivel nacional.
Cabe resaltar que los centros de trabajo del sector privado podrán coordinar previamente con sus trabajadores en caso decidan acatar dicho decreto.