La Constitución reconoce el derecho de todo ciudadano a participar en la vida política del país. Agrega que también tiene derecho a elegir y ser elegido: es la esencia de la ciudadanía. Un dato adicional: la misma Constitución establece que es nulo y punible todo acto que prohíba o restringa al ciudadano el ejercicio de sus derechos.
El actual Congreso fue elegido para darle continuidad institucional al sistema democrático, después de la disolución del Parlamento anterior.
A pesar de que nos encontramos todavía atravesando la pandemia del coronavirus, sin saber cómo ni cuándo la superaremos, el Gobierno ha convocado a elecciones generales para el domingo 11 de abril de 2021. La gente en el país sigue contagiándose y muriendo por el COVID-19, y ello no obstante la economía ha empezado su reactivación y el proceso electoral ha comenzado su cuenta regresiva. Difícil combinación: crisis de salud, recesión económica y proceso electoral. Y es que la vida continúa.
Ahora bien, en este inédito contexto, el Congreso, luego de hacerse sentir invocando la necesidad de mitigar la emergencia sanitaria y la crisis económica, usualmente mediante leyes de efectos contraproducentes, ha empezado a tratar cuestiones alrededor de las elecciones convocadas para el próximo año y hay una medida que reviste especial importancia: aquella relacionada con quienes pueden, o no, ser candidatos presidenciales.
Se ha conocido que en la Comisión de Constitución se está debatiendo una propuesta que exigiría que, para postular a la presidencia de la República, el interesado debe acreditar una afiliación al partido político que lo presente cuando menos de seis meses antes al proceso de las internas que lo elija como candidato. Se trata de un requisito que no estaba establecido al momento de convocarse a las elecciones.
No es difícil advertir que dicha propuesta, revestida de aparente justificación institucional (se dice que busca fortalecer a los partidos políticos), cuando es contrastada con la realidad, se desnuda: tiene como objetivo eliminar de la contienda electoral a quienes, según todos los sondeos de opinión realizados durante el último tiempo, gozan de la más amplia simpatía ciudadana. Dicho de otra manera, lo que se pretende, siempre con la recurrente alusión a la estabilidad política, es que para la próxima elección presidencial sean candidatos aquellos que controlan políticamente el Congreso mediante la suma de sus mayorías relativas.
El legislador (eso es un congresista), cuando cumple su función, no puede desentenderse de elementales principios jurídicos, como el de no introducir reglas restrictivas a un proceso electoral ya iniciado, como la limitación al derecho de participación política. Y esto no puede compararse con ampliar el horario de votación o regular otros cambios para el normal desarrollo de las elecciones. Entre un derecho constitucional y una disposición legal está la pirámide de la jerarquía normativa.
No puede admitirse, entonces, que en un régimen democrático el Congreso se convierta en enemigo del sistema; exactamente lo que le ocurrió a Julia Roberts en la película Durmiendo con el enemigo.
*Abogado y fundador de Foro Democrático