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MEF autoriza transferencia de recursos para financiar pago de sentencias judiciales del sector Educación por S/ 1 000 millones

Cabe resaltar que esto no hubiera sido posible sin la incorporación de recursos a la Reserva de Contingencia, vía crédito suplementario autorizado mediante el Decreto de Urgencia N° 100 2021, y la autorización prevista en la Centésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.

miércoles 15 de diciembre del 2021
en Economía, Política
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MEF autoriza endeudamiento por más de US$ 347 millones con BID y CAF

El monto asignado por el Concurso FIDT 2022 duplica al otorgado en el Concurso FIDT 2019. Asimismo, gracias al fortalecimiento de capacidades realizado por el MEF en los meses previos, se logró beneficiar 195 inversiones públicas, casi 100 más que en el concurso anterior. (Foto: ANDINA)

A través del Decreto Supremo N° 361-2021-EF, publicado el día de hoy en el Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha autorizado una transferencia de recursos por la suma de S/ 1 000 millones a favor de diversas entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, para financiar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2020, del sector Educación.

De este modo, se da cumplimiento al ofrecimiento del Gobierno y del Presidente de la República de priorizar el pago de la deuda social del magisterio, y así continuar con el cierre de dicha brecha y atención de los profesores a nivel nacional. Con la transferencia de estos S/ 1 000 millones, que se ejecutarán en el presente año fiscal 2021, se habrá reducido la deuda social del magisterio en S/ 1 200 millones que constituye un quinto de la deuda total (S/ 6 000 millones). La mayor parte de esta deuda es por trabajos realizados y no pagados por parte de gobiernos anteriores.

Cabe resaltar que esto no hubiera sido posible sin la incorporación de recursos a la Reserva de Contingencia, vía crédito suplementario autorizado mediante el Decreto de Urgencia N° 100‑2021, y la autorización prevista en la Centésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.

Finalmente, es necesario relevar que la reforma tributaria, en discusión actualmente en el Congreso, permitirá cerrar no solo esta sino otras brechas de forma más acelerada que en un escenario sin reforma tributaria.

Tags: economíaMEFsentencias
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