El Banco Central de Reserva del Perú (BCR) estableció la metodología para las tasas máximas en relación a los nuevos créditos de consumo, y de consumo de bajo monto, para pequeñas y micro empresas (Pymes).
La medida entra en vigencia a partir del 10 de mayo del presente año. Según lo dispuesto, la tasa se calculará semestralmente con base en las tasas de los créditos de consumo del sistema financiero entre los dos y siete meses previos a su vigencia.
Cabe precisar que para el cálculo de la tasa máxima se utilizará el periodo octubre 2020 – marzo 2021. De esta manera, la tasa máxima para el periodo mayo – octubre 2021 ascenderá a 83.4% anual.
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“En efecto, topes a las tasas de interés generan racionamiento del crédito a aquellos agentes económicos cuyo riesgo de crédito esté por encima del tope. A más baja la tasa máxima de interés, un mayor número de potenciales prestatarios no podrá acceder al crédito formal, retrasándose el proceso de inclusión financiera”, detalló la entidad emisora.
Además, indicó que los agentes económicos excluidos generalmente son aquellos con menores ingresos, o emprendedores nuevos, sin historial crediticio o ninguna garantía para ofrecer. En esta línea se informó que se poseen estimaciones, con base en la distribución actual de tasas de interés, que quedarían excluidos alrededor de la cuarta parte de créditos de consumo, en su mayoría brindados por entidades financieras especializadas en créditos de consumo y microfinanzas.
La mayor exclusión se desarrollaría en el segmento de créditos de consumo de monto inferior a una UIT (4,400 soles), con una participación de alrededor del 75% de los créditos excluidos.
La fecha de vigencia de los topes de tasas de interés bajo esta metodología será de la siguiente manera:
- A partir del 10 de mayo del 2021 para todas las empresas bancarias.
- A partir del 1 de junio de 2021 para las cajas municipales.
- A partir del 1 de julio de 2021 para cajas rurales y el resto de entidades del sistema financiero.